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Cómo contabilizar los empleados para saber a qué convocatoria perteneces

Si eres una empresa, computan: 

  • La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en un periodo.
    • 1era convocatoria. Ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda.
    • 2 y 3era convocatoria. 12 meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
  • Autónomos/as societarios/as que declare la empresa.

Si eres un autónomo/a, computan:

  • El/la autónomo/a empleador/a.
  • La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en un periodo:
    • 1era convocatoria. Ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda.
    • 2 y 3era convocatoria. 12 meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
  • Autónomos/as colaboradores/as que declare el autónomo/a.