Si eres una empresa, computan:
- La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en un periodo.
- 1era convocatoria. Ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda.
- 2 y 3era convocatoria. 12 meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
- Autónomos/as societarios/as que declare la empresa.
Si eres un autónomo/a, computan:
- El/la autónomo/a empleador/a.
- La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en un periodo:
- 1era convocatoria. Ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda.
- 2 y 3era convocatoria. 12 meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
- Autónomos/as colaboradores/as que declare el autónomo/a.